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Las funciones del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias quedan plasmadas en el artículo 3 de la Ley 36/1977, consistiendo principalmente en realizar tareas de vigilancia y
custodia interior, velar por la conducta y disciplina de los internos, vigilar el aseo de limpieza de los internos y de los locales, aportar a los distintos órganos colegiados y Equipo Técnico los datos obtenidos por observación directa, participar en las tareas reeducadoras y de rehabilitación de los internos y/o desarrollar las tareas administrativas de colaboración o trámites precisos.
Todas estas funciones dependerán del puesto ocupado, ya que podemos distinguir tres grandes áreas donde se desarrolla el trabajo en un Centro Penitenciario:
Área de Vigilancia (V1 y V2)
V1: Servicio en los distintos departamentos donde se desarrolla la vida de los internos donde el contacto directo con ellos es mayor.
V2: Servicio en departamentos donde el contacto con los internos es menor: Polideportivo, cocina, lavandería o comunicaciones entre otros:
Área Mixta Servicio en oficinas interiores donde el contacto con los internos es mínimo: Mantenimiento, vestuario o peculio entre otros.
Área de Oficinas Servicio en las oficinas del establecimiento donde el contacto con los internos es nulo y se desarrolla tareas burocráticas: Oficina de régimen, tratamiento, seguridad o administración entre otras.
Fase de oposición:
Curso selectivo:
Período de prácticas en centro penitenciario